Donación de Organos
y Transplantes

La donación de órganos y tejidos se define como el acto de dar algo de si mismo a otro sujeto que lo requiere, durante este proceso se encuentran involucrado un sin fin de aspectos médicos, sociales, psicológicos, éticos y legales, entre otros.

En la donación de órganos, tejidos y células participa un grupo formado por médicos, enfermeras, paramédicos y trabajadoras sociales, que con sus conocimientos y capacidades buscan fomentar la donación para poder incrementar el número de trasplantes que se requieren en el país.

Claro está que esto no sería posible sin la aprobación de las personas que deciden donar sus órganos, tejidos y células a alguien más: los disponentes y los donadores.

Los trasplantes de órganos y tejidos humanos, consisten en transferir un tejido u órgano, de su sitio original a otro diferente funcionando, esto puede ser dentro de un mismo individuo o bien de un individuo a otro, con el propósito de restaurar las funciones perdidas del mismo, sustituyéndolo por uno sano.
Hay distintos tipos, dependiendo de la relación genética entre el donador y el receptor de un trasplante:

a) Autotrasplantes o autoinjertos. Se utiliza el tejido del propio individuo, es decir, donador y receptor son la misma persona.
b) Isotrasplantes. Entre gemelos idénticos o univitelinos, es decir, cuando donador y receptor son genéticamente idénticos.
c) Homotrasplantes o alotrasplantes. Donador y receptor pertenecen a la misma especie, pero genéticamente son diferentes.
d) Heterotrasplantes o xenotrasplantes. Entre sujetos de diferentes especies, o con órganos artificiales.

La persona que recibe los beneficios del trasplante, se denomina receptor, ya que recibe un órgano, tejido, células o productos en su organismo para realizar la misma función que realizaban en el donador.

Un trasplante de órganos es una intervención quirúrgica que permite la sustitución de un órgano enfermo por uno sano, devolviendo la vida o transformando sustancialmente la calidad de vida del paciente trasplantado.
Los órganos que pueden ser trasplantados son:

  • corazón
  • riñones
  • hígado
  • páncreas
  • pulmón
  • intestino

Los tejidos que pueden ser trasplantados son:

  • médula ósea
  • córneas
  • piel
  • hueso
  • válvulas cardíacas
  • cartílago
  • tendones
  • vasos sanguíneos
  • arterias
  • venas

 

Sólo en caso que el donante sea vivo relacionado por parentesco directo, ya sea por consanguinidad, afinidad o civil, se puede donar un riñón (porque se puede vivir con un solo riñón y tenemos dos) y un segmento de hígado (porque es regenerable). En el trasplante de médula ósea, que es un tejido renovable, el donante vivo puede no tener relación de parentesco con el receptor.

La tan renombrada "Lista de Espera" es un registro electrónico donde se inscribe a los pacientes que requieren de un trasplante de órgano o tejido. En esta base de datos están todos los nombres y datos necesarios para poder detectar, ante un órgano o tejido disponible, al receptor más adecuado.

El médico que diagnostica el trasplante es el responsable de inscribir al paciente en la "Lista de Espera" de la institución médica donde es atendido, con lo cual se integrará a la Lista Nacional de Espera del Registro Nacional de Trasplantes.

A nivel local, el responsable de la "Lista de Espera" es el centro hospitalario donde acude el paciente; a nivel estatal los Consejos Estatales de Trasplantes (COETRAS) y a nivel nacional el Centro Nacional de Trasplantes (CENATRA).

Una vez que existe un donador comienza la identificación de los posibles receptores para cada órgano y tejido, lo cual dependerá del órgano, la gravedad del receptor, la compatibilidad sanguínea e inmunológica y medidas corporales. En caso de condiciones similares se asigna por el tiempo en la lista de espera.

El equipo de trasplantes está formado por: el Coordinador Hospitalario, el responsable de trasplantes de la unidad hospitalaria, cirujanos, intensivistas, neurólogos, enfermeras y trabajadoras sociales.

Cuando usted o un familiar necesite un órgano es importante que el médico que lo diagnosticó como candidato a trasplante lo inscriba en la Lista de Espera de la institución médica donde es atendido, con lo cual se integrará a la Lista Nacional de Espera del Registro Nacional de Trasplantes.

En el proceso de obtención de órganos la intervención quirúrgica cumple todos los requerimientos de una cirugía de la más alta complejidad y riesgo. El especialista realiza incisiones poco visibles, dejando debidamente suturado el cuerpo, que es tratado con dignidad tal como lo establece la Ley General de Salud en su Título XIV, Capítulo V, artículo 346.

El trasplante de órganos, tejidos y células, se presenta como una oportunidad invaluable para aquellos pacientes con padecimientos crónico-degenerativos cuya consecuencia es la insuficiencia de algún órgano. En la mayoría de los casos, es la única alternativa terapéutica que no sólo resuelve la falla orgánica o tisular, sino que conserva y transforma la vida del paciente en condiciones cercanas al 100% de la normalidad.

Los trasplantes sólo pueden realizarse gracias a la solidaridad de aquellos que donan sus órganos altruista y voluntariamente en vida o después de ella.

Ser un donante significa tomar la decisión de donar sus órganos y/o tejidos después de la vida y sólo en circunstancias especiales en vida. Lo más importante es que cuando haya tomado esta decisión lo platique con su familia para que ellos la respeten y sean sus portavoces al momento del fallecimiento. En caso de que quiera cambiar de decisión, lo puede hacer en cualquier momento y nuevamente sólo se lo deberá comentar a su familia.

Si se pierde la vida por Paro Cardíaco se pueden donar tejidos como: hueso, piel, córneas, tendones, válvulas cardiacas, cartílago y vasos sanguíneos, arteriales y venosos.

Si se pierde la vida por Muerte Cerebral se pueden donar el corazón, pulmón, hígado, riñones, intestino, páncreas y los tejidos mencionados anteriormente.

Existen criterios médicos y legales previamente establecidos y reconocidos a nivel mundial, donde se indica la realización de estudios médicos que comprueben la falta de actividad cerebral, es decir, se compruebe la ausencia total e irreversible de todas las funciones cerebrales, esto ocurre cuando el tallo y la corteza cerebral están destruidos, lo que produce la muerte del cerebro y no hay forma de devolverlo a la vida. Hasta que no se determine mediante los estudios que existe muerte cerebral no se solicita la donación, lo que garantiza que no sea confundida con un coma, donde todavía hay actividad cerebral.

En vida, los donadores pueden ser hombres y mujeres entre 18 y 60 años (aunque puede haber donadores de más de 60 años, que se encuentren en buen estado de salud y sean aceptados). En este caso deben tener parentesco por consanguinidad, afinidad o civil.

Después de la vida: se consideran donadores a las personas de entre 2 meses de edad y más de 90 años, y la donación dependerá de la valoración que realicen los médicos y las causas de la muerte. Si la muerte es producto de un paro cardio respiratorio únicamente se podrán donar tejidos y si se presenta muerte cerebral se podrán donar tanto órganos como tejidos.

No hay límite de edad, siempre y cuando los órganos y tejidos se encuentren sanos.

La Ley General de Salud en su Título XIV, artículo 326, establece:

  1. No se podrán tomar órganos y tejidos para trasplantes de menores de edad vivos, excepto cuando se trate de trasplantes de médula ósea, para lo cual se requerirá el consentimiento expreso de los padres.
  2. Tratándose de menores que han perdido la vida, sólo se podrán tomar sus órganos y tejidos para trasplantes con el consentimiento de los representantes legales.
  3. En el caso de incapaces mentales y otras personas sujetas a interdicción no podrá disponerse de sus componentes, ni en vida ni después de su muerte.
  4. Las mujeres embarazadas en vida podrán donar sólo en caso de que el receptor estuviere en peligro de muerte y siempre que no implique riesgo para la madre ni para el producto de la concepción.

En términos médicos actualmente son pocas las contraindicaciones absolutas para la donación:

  1. Infección por el virus de inmunodeficiencia humana (VIH), o algún otro virus activo.
  2. Deterioro severo de las condiciones de salud, infección sistémica vírica o bacteriana, neoplasia maligna, entre otros.

Los menores de edad, solamente pueden donar después de la vida órganos y tejidos, con autorización de los padres o responsables. En vida sólo podrán donar médula ósea, en tanto sea autorizado por los responsables del menor.

Para realizar donaciones entre vivos se deberán cumplir los siguientes requisitos:

  1. Ser mayor de edad y estar en pleno uso de sus facultades mentales, estar sano y ser compatible con la persona que va a recibir el órgano;
  2. Recibir de parte de un médico distinto al que va a realizar el trasplante, información sobre los riesgos de la donación;
  3. Donar un órgano o parte de él que al ser extraído su función pueda ser compensada por el organismo; y
  4. Otorgar el consentimiento por escrito, tener parentesco por consanguinidad (padres, hermanos, abuelos, primos), por afinidad (estar unidos por matrimonio ó concubinato) o civil (entre adoptado y adoptante).

ASPECTOS HISTÓRICOS

Los trasplantes tienen una representación desde la antigüedad en ciertas formas de la mitología. Un primitivo concepto del trasplante aparece en las culturas antiguas a través de formas de quimeras, héroes, reyes, dioses, ideadas a fin de resaltar las virtudes de estos seres.

En los relatos bíblicos encontramos algunos ejemplos de trasplantes, como: la costilla de Adán extraída para dar origen a una nueva vida. Otros ejemplos se ven en las culturas egipcia, hindú, romana y azteca.

En la religión cristiana la idea del trasplante está presente en el milagro de San Cosme y San Damián, en donde se reemplaza la pierna enferma de un individuo por otra pierna sana de una persona recién fallecida.

"Los santos amputaron la pierna de un gladiador etíope muerto para reemplazar la pierna gangrenosa del diácono Justiniano, sacristán de la Basílica de Roma"


POSICIÓN Y PUNTOS DE VISTA DEL ÓRDEN RELIGIOSO ACTUAL


La mayoría de las religiones se han pronunciado a favor de la donación y el trasplante de órganos.

"Si no se ha incluido su religión en la lista anterior, consulte con su líder o consejero religioso sobre cómo considera su religión la donación y trasplante de órganos y tejidos"

Adventista del Séptimo Día
El individuo y la familia tienen el derecho de recibir y donar aquellos órganos que devuelvan cualquiera de los sentidos o que prolonguen la vida de manera provechosa.

Amish
Los Amish consentirán a los trasplantes si están seguros de que se utilizarán para el beneficio y el bienestar del receptor del trasplante. No estarían muy dispuestos a acceder al trasplante de sus órganos si el resultado se considera dudoso. John Hosteller, reconocido mundialmente como una autoridad en la religión Amish y profesor de antropología de la Universidad de Temple en Filaladelfia, dice en su libro Amish Society ( La Sociedad Amish) : " Los Amish creen que ya que Dios creo el cuerpo humano, es Dios el que cura. Sin embargo, no existe ninguna interpretación Amish de la Biblia que les prohiba utilizar los servicios médicos modernos, incluso la cirugía, la hospitalización, el tratarse con dentistas, la anestesia, las transfusiones de sangre o la inmunización.

Bautistas
En general aprueban los trasplantes cuando no ponen en grave peligro la vida del donante y cuando ofrecen al receptor una verdadera esperanza en términos médicos.
No se aprueban los trasplantes como fin en sí, los mismos deberán ofrecer la posibilidad de mejoría y la extensión de la vida humana.

Budismo
Los budistas creen que la donación de órganos es un asunto de la consciencia individual. No existe una resolución escrita sobre este tema; sin embargo, el reverendo Gyomay Masao, presidente y fundador del Templo Budista de Chicago y ministro practicante, dice: " Honramos a las personas que han donado sus órganos para el avance de la ciencia médica y para salvar vidas ".

Catolicismo
Los católicos perciben la donación de órganos como un acto de caridad, amor fraternal y autosacrificio. El catolicismo acepta los trasplantes ética y moralmente. El Papa Juan Pablo II declaró recientemente, "Los que creen en nuestro Señor Jesucristo, quien dio su vida por la salvación de todos, deben reconocer la urgente necesidad de la disponibilidad de órganos para trasplantes como un desafío a su generosidad y amor fraternal ". Según el padre Leroy Wichowski, Director de la Oficina de Asuntos de Salud de la Arquidiócesis de Chicago: "Alentamos la donación como un acto de caridad. Es algo bueno que puede surgir de una tragedia y una manera en que las familias pueden consolarse ayudando al prójimo. Señalamos sin embargo, que los órganos se extirpan sólo después del fallecimiento y que los deseos de las personas se cumplan ".

Episcopalianismo
En 1982, la Iglesia Episcopal aprobó una resolución que reconoció los beneficios vivificantes de la donación de órganos, sangre y tejidos y alentó a todos los cristianos a convertirse en donantes de órganos, sangre y tejidos "como parte de su ministerio al prójimo en nombre de Cristo, quien dio su vida para que todos pudiéramos vivir en plenitud ".

Evangélicos Conservadores Independientes
En general, los evangélicos se oponen a los trasplantes de órganos y tejidos.

Hinduismo
El derecho religioso no prohíbe que los hindúes donen sus órganos, según la Sociedad del Templo Budista de Norteamérica. Dicho acto requiere una decisión individual.

Iglesia Cristiana (Discípulos de Cristo)
No existe ninguna prohibición contra el trasplante de órganos y tejidos. Como modo de tratamiento, se entiende que este asunto es esencialmente una decisión médica, en consulta con el paciente, la familia y el donante (o la familia del donante).

Iglesia de Cristo (Independiente)
Los trasplantes de órganos no deberían ser un problema religioso.

Iglesia Unida de Cristo
Cuando lo solicitan los practicantes de la medicina para mejorar o preservar la vida humana, se alienta a que se lleve a cabo este procedimiento, siempre que se obtenga el consentimiento tanto del donante como del receptor.

Islamismo
El Consejo Religioso Musulmán inicialmente rechazó en 1983 la donación de órganos por parte de los fieles, pero ha cambiado completamente su posición, siempre que los donantes den su consentimiento por escrito de antemano. Los órganos donados por musulmanes deberán trasplantarse inmediatamente y no deberán mantenerse en bancos de órganos. Según el Dr. Abdel Arman Osman, Director del Centro Comunitario Musulmán en Maryland: "no tenemos una política que se oponga a la donación de órganos y tejidos siempre que se lleve a cabo con respeto al difunto y para beneficio del receptor ".

Judaísmo
El Judaísmo enseña que salvar vidas tiene prioridad sobre mantener la santidad del cuerpo humano. Sin embargo, se prefiere un trasplante directo. De acuerdo con el Dr. Moses Tendler, rabino ortodoxo y Jefe del Departamento de Biología de Yeshiva University en la Ciudad de Nueva York y también Jefe de la Comisión del Consejo Rabínico de América: "Si uno se encontrara en la posición de donar un órgano para salvar una vida, sería obligatorio hacerlo, aun cuando el donante nunca supiera quién es el beneficiario". El principio fundamental de la ética hebrea - "el valor infinito del ser humano"- también incluye la donación de córneas, ya que la devolución de la vista se considera una operación para salvar la vida. El rabino Tendler añade: "por supuesto que el donante deberá haber sufrido la muerte cerebral de acuerdo con las normas establecidas por los criterios de la Universidad de Harvard y la Comisión Presidencial Sobre Muerte Cerebral".

Luteranismo

En su XII Conferencia Bienal en 1984, la iglesia Luterana en América ( ILA) aprobó la donación de órganos humanos para trasplantes, y declaró que dichos órganos contribuyen al bienestar de la humanidad y puede ser una expresión de amor sacrificado hacia el prójimo necesitado". Dicha resolución también pidió a los miembros de la ILA que consideren la donación de órganos y que hagan los trámites legales y de familia que sean necesarios, incluso una tarjeta de donante firmada.

Metodistas Unidos
La Iglesia alienta a los "hombres que se preocupan por la ética en varias disciplinas pertinentes a que se dediquen al estudio y la dirección de estos adelantos", reconociendo que ofrecen un gran potencial de mejorar la salud, mientras que al mismo tiempo traen a colación asuntos muy serios relacionados con los puntos de vista tradicionales sobre la naturaleza y valores humanos.

Mormones (Iglesia de Jesucristo de los Santos de los Últimos Días)

"La pregunta si uno debe legar los órganos corporales para que se utilicen en trasplantes o para hacer investigaciones después de haber muerto deberá contestarse desde las profundidades de la conciencia de la persona que toma la decisión. A los que piden consejo a la iglesia sobre estos asuntos se les alienta a que consideren las ventajas y las desventajas de hacerlo, a que imploren al señor para que les imparta inspiración; y que hagan lo que les ofrezca paz y consuelo".

Ortodoxa Griega
De acuerdo con el reverendo Dr. Millin Efthimiou, Director del Departamento de Iglesia y Sociedad de la Iglesia Ortodoxa Griega no se oponen a la donación de órganos y tejidos que se utilicen para mejorar la vida humana, por ejemplo para trasplantes o para investigaciones que tengan como resultado mejoras en el tratamiento y la prevención de enfermedades.

Presbiterianismo
Los presbiterianos alientan y apoyan la donación de órganos y tejidos. Respetan la conciencia individual y el derecho de las personas de tomar decisiones en cuanto a su propio cuerpo.

Testigos de Jehová
Los Testigos de Jehová no fomentan la donación de órganos, pero creen que es asunto individual de conciencia, según la Sociedad de Atalaya, la sociedad legal de la religión. Aunque a menudo se asume que la denominación prohíbe los trasplantes debido a su tabú en contra de las transfusiones de sangre, ésta no se opone a la donación o recepción de órganos. Sin embargo, la sangre de los órganos y tejidos deberá drenarse completamente antes de hacer el trasplante.

Si deseas convertirte en un donador debes considerar lo siguiente:

  1. Informarte y aclarar todas tus dudas respecto a la donación.
  2. Estar convencido de que "DONAR" es un acto de buena voluntad y que puedes dar vida a otras personas.
  3. Platicarlo con tus familiares más cercanos (padres, esposa(o), hijos, tutor o hermanos) y manifestarles su decisión, ya que en caso de muerte, estos son los disponentes secundarios, es decir, quienes toman la última decisión.
  4. Manifestar tu deseo de donar en forma escrita (en documentos o carta notarial, firmar la tarjeta de donador, entre otros)
  5. Cada vez que puedas, o se presente el momento, reitera tu deseo de donar a las personas con quienes convives y transmite la información que ya tienes.


Para obtener tu tarjeta de donador, puedes inscribirte en una lista de donadores voluntarios comunicándote del Distrito Federal y área Metropolitana al 56-31-14-99 ext. 1902-1905. Y si te encuentras en el interior de la República a los teléfonos 01800-201-7861 y 01800-2017862 o al Consejo Estatal de Trasplantes (COETRA) de tu estado. Posteriormente el Centro Nacional de Trasplantes (CENATRA) te envía un formato, una "Tarjeta de donador voluntario" y una encuesta.

La tarjeta es para ti y los demás documentos después de llenarlos los reenvías al Apartado Postal 37-504, Código Postal 06603, México D. F.

La "Tarjeta de Donador" es una forma de expresar tu voluntad de donar y te identifica como donador, sin embargo, al momento del fallecimiento siempre se le pedirá nuevamente la autorización a tu familia por lo que es importante lo platiques con ellos.

Las instrucciones de llenado las encontrarás en la parte posterior del formato.

En caso de pérdida o extravío de la Tarjeta de Donador puede solicitar una reposición al CENATRA, pero recuerde que lo más importante es platicar con sus familiares acerca de su deseo de donar después de la vida, para que en determinado momento respeten su voluntad.

No es necesario realizarse ningún estudio para inscribirse como donador, los estudios se realizan hasta el momento de hacer efectiva la donación.

Es importante manifestar a tus familiares que quieres donar tus órganos después de la vida, ellos deberán avisar a una institución hospitalaria autorizada por el CENATRA para llevar a cabo la donación de órganos una vez que hayas muerto.

De acuerdo a la Ley General de Salud, al morir, tus órganos se asignarán al receptor que le corresponda según el orden de la lista de pacientes en espera de un órgano y la compatibilidad que exista con el donador, principalmente por grupo sanguíneo, talla y peso, entre otros.

En caso de que esté interesado en dar prioridad a alguna persona o institución, o quiera establecer ciertas condiciones bajo las cuales se lleve a cabo, se puede manifestar por escrito en un documento oficial, sin olvidar que es necesario considerar los criterios médicos de compatibilidad.

En caso de que tú o un familiar tuyo requieran un órgano, lo más importante es que el médico que lo diagnosticó como candidato a trasplante lo inscriba en la Lista de Espera de la institución médica donde es atendido, con lo cual se integrará a la Lista Nacional de Espera del Registro Nacional de Trasplantes. Inclusive, cuando hayas muerto, si un familiar tuyo necesite tus córneas o algún otro órgano tuyo, tú puedes ser el donador siempre y cuando sea compatible en todos los criterios médicos y legales requeridos.

Una vez que hayas muerto, si un familiar se niega a donar tus órganos a pesar de ser tu voluntad donarlos, no existe ningún documento legal que garantice el cumplimiento de tu voluntad de donar, la familia tiene el derecho de decidir. Por eso es muy importante que platiques con tus familiares respecto a tu deseo de donar órganos después de la vida, lo que facilitará que respeten tu voluntad.

Usted tiene el derecho de decidir "no donar", pero si no lo ha comentado y no existe ningún documento legal que garantice el cumplimiento de su voluntad, la familia tiene el derecho de decidir lo contrario, o sea, donar tus órganos una vez que hayas muerto.

La donación de órganos se realiza en todos los Hospitales del país que han sido autorizados por la Secretaría de Salud a través del Centro Nacional de Trasplantes para tomar los órganos y realizar trasplantes.

La entrega del cuerpo a los familiares del donador fallecido a partir del diagnóstico de muerte cerebral toma entre 6 y 24 horas, y en circunstancias especiales, donaciones multiorgánicas o casos médicos legales hasta 48 horas.

En el proceso de obtención de órganos la intervención quirúrgica cumple todos los requerimientos de una cirugía de la más alta complejidad y riesgo. El especialista realiza incisiones poco visibles, dejando debidamente suturado el cuerpo que es tratado con dignidad, consideración y respeto tal como lo establece la Ley General de Salud , Artículo 346.

Donador vivo, es aquel que decide donar un órgano par o un segmento de un órgano único, y que no pone en peligro su vida.

Así puede donar los tejidos: sangre, médula ósea, hueso, amnios y sangre de cordón umbilical; y de órganos sólidos como un riñón, o un segmento de órganos como son el hígado, el páncreas y el pulmón, lo anterior es únicamente permitido cuando comparten afinidad consanguínea o afinidad civil.

Las personas encargadas de la procuración de órganos de este tipo de donadores deben de informar de antemano los riesgos y beneficios sobre este procedimiento a través de una valoración integral del probable donador, en donde se asegure que la donación no causará algún daño en su bienestar biopsicosocial. El consentimiento de un donador vivo debe ser bajo una reflexión libre, informada y legalmente adecuada.

En México el 85 % de los trasplantes se llevan a cabo a partir de donador vivo relacionado, es decir, significan gran parte del número de donadores total, lo que ayuda a trasplantes como el del riñón. Sin embargo, por las limitantes que presenta la donación en vida, es de suma importancia incentivar la donación cadavérica.

Donador cadavérico: Legalmente consideramos donante de órganos y/o tejidos a toda persona fallecida, que en vida no haya dejado constancia expresa de su oposición para que después de su muerte se realice la extracción de órganos y tejidos, previo consentimiento de los familiares cercanos.

Los órganos que pueden ser procurados son: riñones, hígado, corazón, pulmones, páncreas e intestino. Los tejidos: córneas, huesos y segmentos osteotendinosos, válvulas cardiacas, segmentos vasculares y piel.

Para que se puedan llevar a cabo un mayor número de trasplantes es necesario que existan donadores que han perdido la vida, ya sea por:

Es importante conocer el proceso que sigue la donación de órganos:

El paciente se encuentra dentro de la unidad hospitalaria

a) Se establece el diagnóstico clínico de la muerte cerebral.
b) Se realizan estudios confirmatorios de muerte cerebral.
c) Se certifica la pérdida de la vida.
d) Se hace referencia al Centro Nacional de Trasplantes (CENATRA), al Registro Nacional de Trasplantes (RNT) o al Consejo Estatal de Trasplantes (COETRA), según sea el caso.
e) El probable donador es evaluado y manejado por el coordinador hospitalario en trasplantes.
f) Se ofrece a la familia la opción de donación, en casos de aceptación.
g) Se avisa al CENATRA, o en su caso al COETRA, para la asignación de órganos y tejidos y se inicia el contacto con grupos procuradores.
h) Se procede a la realización del llenado de documentos oficiales, establecidos por el CENATRA. Si la causa de muerte involucra un hecho violento, se informará al Ministerio Público para que sean anexados los documentos de donación a la Averiguación Previa.
i) Una vez concluido el trámite, en ambos casos, se realiza la procuración de órganos y tejidos, en hospitales autorizados, los cuales son enviados a destinos ya establecidos por el CENATRA.
j) Por último, terminada la procuración, el cadáver se pone a disposición de la familia o bien al C. Agente del Ministerio Público, según sea el caso.

El proceso de donación de tejidos consiste en:

a) El probable donante se encuentra en parada cardiorrespiratoria estableciéndose la causa de muerte.
b) Se aborda a la familia sobre la posibilidad de donación, por parte del Coordinador Hospitalario en Trasplantes.
c) En caso de aceptación de la donación se procede al llenado de los documentos oficiales establecidos por el CENATRA.
d) En caso de que la causa de muerte se encuentre relacionada por un hecho violento se dará aviso al Ministerio Público, de no ser así se procederá a la toma de los tejidos y la toma de muestras de sangre para descartar enfermedades infectocontagiosas.
e) Una vez concluido, el cadáver se pondrá a disposición de la familia o bien del C. Agente del Ministerio Público.

No se puede permitir ningún atentado contra la vida en el intento de conseguir órganos para satisfacer la demanda que se tiene, no se debe considerar al ser humano como un conjunto de productos que pueden ser utilizados en otro ser, sino por el contrario, la solidaridad y altruismo de la persona, permitiendo que éste haga un regalo social a los demás, por propia convicción y pensando en la vida mismas.

Gracias a que cada día un mayor número de personas se informa sobre los beneficios que pueden ofrecer a las personas que necesitan un trasplante, el Centro Nacional de Trasplantes, ha generado un registro de inscripción de donadores voluntarios, que en vida han tomado la decisión de donar sus órganos y tejidos al momento de su fallecimiento. Tomando en cuenta que lo más importante es comentarlo con sus familiares pues son los que van a cumplir su voluntad

 

Tráfico Ilegal de Órganos

En México no se tiene registrado ningún caso de tráfico de órganos, ya que no existe ninguna denuncia al respecto. Es muy poco probable que se llegara a dar el tráfico de órganos, ya que el trasplante es un procedimiento que desde el punto de vista médico y científico requiere de la participación de profesionistas altamente especializados. Este procedimiento requiere que el órgano se preserve en condiciones especiales además de cumplir condiciones de asepsia durante la intervención quirúrgica. Para que una persona pueda ser trasplantada se requieren de exámenes clínicos que certifiquen las condiciones del órgano y es indispensable que exista una compatibilidad entre donador y receptor.

Por otra parte, de manera preventiva la legislación establece que todo establecimiento que extraiga órganos y tejidos y/o realice trasplantes por ley requiere licencia sanitaria, un responsable sanitario, un comité de trasplantes quien tiene la obligación de verificar que todo procedimiento de donación y trasplante se realice conforme a la ley y de informar al Registro Nacional de Trasplantes sus actividades. El CENATRA lleva un registro de todos los establecimientos y las personas involucradas en esta actividad.


Para mayor información:
Llamando a los teléfonos 01800-201-7861 ó 01800-201-7862.
También puedes acudir al Consejo Estatal de Trasplantes (COETRA) del estado al que pertenezcas, o puedes asistir a las oficinas del Centro Nacional de Trasplantes en Avenida Picacho Ajusco 154, 6º piso, colonia Jardines en la Montaña, delegación Tlalpan, C.P. 14210, México, D.F. Teléfono: 5631-1499 marcando a la extensión del Registro Nacional de Trasplantes 1201 o al Módulo de Información exts. 1902-1905
e-mail: rnt@ssa.gob.mx