Guia para la elaboración de
Cartas de Consentimiento Bajo Información

Las cartas de consentimiento bajo información son documentos que el médico tratante debe presentar a su paciente, o al representante legal del paciente, para obtener el consentimiento legal y formal para ser intervenido.

Estas cartas, no son un formato de machote preestablecido en el cual solamente llenamos espacios determinados. La realidad es, que cada paciente y cada intervención que realizamos requiere puntos y notas específicas. Por eso mismo, le ayudamos a que usted mismo pueda crear y redactar correctamente las cartas de consentimiento adecuadas a su paciente según su padecimiento e intervención necesaria.

¿QUÉ SON LAS CARTAS DE CONSENTIMIENTO BAJO INFORMACIÓN?

  • Son documentos de carácter legal.
  • Son obligatorias por la Ley. NOM 168SSA1.
  • Son un contrato mutuo.

IMPORTANCIA DE LAS CARTAS DE CONSENTIMIENTO BAJO INFORMACIÓN.

  • Nos permiten comprobar la autorización que el paciente o su representante nos ha conferido para intervenirle.
  • Nos respaldan legalmente.
  • Nos identifican como el médico tratante.
  • Nos dan un mejor acercamiento con nuestro paciente.
  • Nos ayudan a dar un mejor seguimiento del padecimiento de nuestro paciente.
  • Nos evitan problemas legales.

EVENTOS MÍNIMOS QUE REQUIEREN CARTA DE CONSENTIMIENTO BAJO INFORMACIÓN.

  • Ingreso hospitalario;
  • Procedimientos de cirugía mayor;
  • Procedimientos que requieren anestesia general;
  • Salpingoclasia y vasectomía;
  • Trasplantes;
  • Investigación clínica en seres humanos;
  • De necropsia hospitalaria;
  • Procedimientos diagnósticos y terapéuticos considerados por el médico como de alto riesgo.
  • Cualquier procedimiento que entrañe mutilación.

El personal de salud podrá obtener cartas de consentimiento bajo información adicionales a las previstas en el inciso anterior cuando lo estime pertinente, sin que para ello sea obligatorio el empleo de formatos impresos.
En los casos de urgencia, se estará a lo previsto en el artículo 81 del Reglamento de la Ley General de Salud en Materia de Prestación de Servicios de Atención Médica.

LAS CARTAS DE CONSENTIMIENTO BAJO INFORMACIÓN DEBEN CONTENER LOS SIGUIENTES DATOS COMO MÍNIMO.

  • Nombre de la institución a la que pertenezca el establecimiento, en su caso;
  • Nombre, razón o denominación social del establecimiento;
  • Título del documento;
  • Nombre, especialidad y cédulas del médico a quien se le está otorgando el consentimiento;
  • Lugar y fecha en que se emite;
  • Acto autorizado (corresponde una carta por acto);
  • Descripción o explicación del procedimiento del acto.
  • Señalamiento de los riesgos y beneficios esperados del acto médico autorizado;
  • Autorización al personal de salud para la atención de contingencias y urgencias derivadas del acto autorizado, atendiendo al principio de libertad prescriptiva;
  • Nombre completo del paciente y firma;
  • Dos testigos por parte del médico.
  • El paciente también puede aportar sus testigos.

Cabe mencionar en las Cartas de Consentimiento Bajo Autorización que el paciente ha sido informado de la posible etiología u origen de su padecimiento, y que se le ha explicado claramente en qué consiste el procedimiento quirúrgico o terapéutico.

Es importante platicar con el paciente o con su representante legal sobre los factores de riesgo y la colaboración que debe brindar para su mejor tratamiento y restablecimiento de la salud. De igual manera es importante darle a conocer al paciente o a su representante legal qué es lo que procede posteriormente a este acto autorizado, sea un acto de rehabilitación u otra cirugía.

El paciente tiene tres opciones cuando su médico le presenta la Carta de Consentimiento Bajo Información; puede autorizarla, puede negarla; o, inclusive puede revocarla después de haber firmado la autorización. Y no está obligado a explicar sus motivos.

El médico debe ser cuidadoso con el manejo de estas cartas. Si el paciente se niega a firmarlas el médico no puede a obligarlo a aceptar, pero sí debe conseguir la negativa por escrito o por lo menos, debe asentarlo por escrito en el expediente del paciente. De igual manera, debe acentar en el expediente y obtener la firma del paciente en caso de que revoque su consentimiento previamente autorizado. Esto es con la finalidad de protegerse en caso de que el paciente o su representante legal quieran interponer que el médico no lo quiso atender.


Descargue los machotes de Cartas de consentimiento bajo información para los siguientes casos:

  • Para Receptor de Transplante
  • Para Nefrectomá para Transplante Renal (donador vivo)
  • Para Procedimiento de Vasectomía
  • Para Procedimiento de Salpingoclasia
  • Para Atención Obstétrica
  • Para Egreso Voluntario
  • Para Realizar Necropsia Hospitalaria
  • Para Cirugía
  • Para Procedimiento Anestesico
  • Para Ingreso Hospitalario
  • Para Amputación Quirúrgica
  • Para Procedimintos Diagnósticos y Terapéuticos de Alto Riesgo

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